Nuevos datos obligatorios a declarar a partir del 01.03.2018 en la Planilla Electrónica
Lisbeth Atoche

30 de Enero, 2018

A través del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 242-2017-TR; publicado el 30 de diciembre del 2017 en el diario oficial El Peruano, se estableció que los empleadores deben registrar en el Registro de Información Laboral (T-REGISTRO) de la Planilla Electrónica el:
  • Número de teléfono móvil y el correo electrónico de contacto de todos los trabajadores cuyas altas se registren a partir del 1 de marzo de 2018.
Así mismo, a través de la citada Resolución se señaló en el art. 3, que:
Los empleadores que efectúan el pago de la remuneración de sus trabajadores a través de depósito en cuenta deben registrar en el Registro de Información Laboral (T-REGISTRO) de la Planilla Electrónica la empresa del sistema financiero y el número de cuenta en la que abona dicha remuneración, a partir del 6 de enero de 2018.
Además, deben actualizar dicha información en el Registro de Información Laboral (T-REGISTRO) de la Planilla Electrónica de aquellos trabajadores que fueron dados de alta en la Planilla Electrónica con anterioridad al 6 de enero de 2018. La obligación de actualización se sujeta a los plazos siguientes, según el número total de trabajadores registrados en la Planilla Electrónica al 5 de enero de 2018:
Para tal fin se han aprobado la tabla 36: “Empresas del sistema financiero” , nuevas estructuras para la importación de datos y modificado la tabla 4 «Datos personales del trabajador, pensionista, personal en formación – modalidad formativa laboral y personal de terceros”.
La resolución completa publicada en el diario oficial El Peruano, la puedes descargar desde el siguiente link:Clic Aquí.
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